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Mostrando entradas de julio 27, 2025
  La relevancia jurídica del sensus fidei como fuente indirecta de legitimidad normativa El concepto de sensus fidei (o sensus fidelium ) alude al «sentido sobrenatural de la fe de todo el pueblo» cristiano, por el cual «la totalidad de los fieles […] no puede equivocarse cuando cree» , manifestando esa prerrogativa en un consenso universal en materia de fe y costumbres. Este principio, reafirmado por el Concilio Vaticano II (LG 12), plantea una cuestión jurídica de fondo: ¿puede el sentir de los fieles convertirse en fuente de legitimidad normativa en la Iglesia? En otras palabras, aunque la autoridad eclesiástica (Papa, obispos) es la fuente inmediata del derecho canónico positivo, el asentimiento y la praxis del Pueblo de Dios –guiados por el Espíritu Santo– actuarían como una fuente indirecta que confiere legitimidad y eficacia a las normas canónicas. Este ensayo explora esa cuestión desde una perspectiva doctrinal, normativa y jurisprudencial, con especial atención al Códi...
  El principio de participación eclesial desde el canon 208 CIC (1983) El canon 208 del Código de Derecho Canónico de 1983 consagra un principio constitucional de la Iglesia: “Por su regeneración en Cristo, se da entre todos los fieles una verdadera igualdad en cuanto a la dignidad y acción, en virtud de la cual todos, según su propia condición y oficio, cooperan a la edificación del Cuerpo de Cristo” (c. 208). Este precepto, fruto de la eclesiología del Concilio Vaticano II, reconoce la igualdad fundamental de todos los fieles y su co-responsabilidad en la misión de la Iglesia. En el presente ensayo se estudiará este principio de participación eclesial desde una perspectiva jurídica, profundizando en su desarrollo doctrinal y normativo, analizando críticamente sus implicaciones y examinando su alcance en la jurisprudencia canónica. Dirigido a especialistas (jueces eclesiásticos, abogados rotales, profesores), el ensayo empleará un lenguaje técnico-jurídico y tono académico form...