La relevancia jurídica del sensus fidei como fuente indirecta de legitimidad normativa El concepto de sensus fidei (o sensus fidelium ) alude al «sentido sobrenatural de la fe de todo el pueblo» cristiano, por el cual «la totalidad de los fieles […] no puede equivocarse cuando cree» , manifestando esa prerrogativa en un consenso universal en materia de fe y costumbres. Este principio, reafirmado por el Concilio Vaticano II (LG 12), plantea una cuestión jurídica de fondo: ¿puede el sentir de los fieles convertirse en fuente de legitimidad normativa en la Iglesia? En otras palabras, aunque la autoridad eclesiástica (Papa, obispos) es la fuente inmediata del derecho canónico positivo, el asentimiento y la praxis del Pueblo de Dios –guiados por el Espíritu Santo– actuarían como una fuente indirecta que confiere legitimidad y eficacia a las normas canónicas. Este ensayo explora esa cuestión desde una perspectiva doctrinal, normativa y jurisprudencial, con especial atención al Códi...
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Mostrando entradas de junio 8, 2025
La costumbre contra legem: límites e interpretación en el sistema canónico vigente En el ordenamiento canónico latino, la costumbre se ha reconocido históricamente como una fuente de derecho relevante, pero su relación con la ley escrita ha sido objeto de regulación estricta, especialmente cuando la práctica consuetudinaria contradice una norma vigente (costumbre contra legem). El Código de Derecho Canónico de 1983 (CIC/83), actualmente en vigor, aborda este tema en los cánones 23 a 28, estableciendo las condiciones bajo las cuales una costumbre puede adquirir fuerza de ley, sus límites y su interpretación. En estos preceptos se plasma el equilibrio entre el respeto a las tradiciones legítimas de la comunidad eclesial y la primacía de la legislación escrita en la Iglesia. En particular, el CIC/83 condiciona severamente la validez de las costumbres contrarias a la ley, imponiendo requisitos de racionalidad, duración prolongada y ausencia de prohibición explícita por el legislado...