Entradas

Mostrando entradas de junio 22, 2025
El carácter ius divinum de la estructura eclesial: posibilidades y límites de reforma El Derecho Canónico distingue claramente entre elementos de derecho divino ( ius divinum ) y de derecho humano ( ius humanum ) en la constitución y vida de la Iglesia. Esta distinción es imprescindible para comprender qué aspectos de la estructura eclesial son inmutables por mandato divino y cuáles pueden ser legítimamente reformados por la autoridad eclesiástica. En otras palabras, no todo en la organización de la Iglesia está dejado a la libre disposición del legislador humano: ciertos fundamentos estructurales provienen de la voluntad de Cristo y, por tanto, imponen límites jurídicos sustanciales a cualquier intento de reforma. A continuación, se estudiará con rigor doctrinal y normativo el carácter de ius divinum en la constitución jerárquica de la Iglesia, analizando las posibilidades y límites de reforma a la luz del Código de Derecho Canónico de 1983, los documentos del Magisterio, la jurispru...
  El papel de la aequitas canonica en la corrección del rigor normativo en procesos contenciosos La aequitas canonica (equidad canónica) es un principio jurídico fundamental en la Iglesia, destinado a suavizar la aplicación estricta de las normas cuando el rigor literal pudiera conducir a injusticia. Se trata de la justicia templada con misericordia, arraigada en la tradición canónica desde el Decretum de Graciano y el Derecho romano cristianizado. En los procesos contenciosos canónicos –especialmente juicios de nulidad matrimonial u otras causas judiciales eclesiásticas– la equidad canónica juega un papel corrector: asegura que las leyes se apliquen teniendo en cuenta las circunstancias particulares, la dignidad de las personas y la salus animarum (salvación de las almas), evitando que la letra estricta de la ley derive en “ summum ius, summa iniuria ” (sumo derecho, suma injuria). El Código de Derecho Canónico de 1983 (CIC) incorporó expresamente este principio en varios cánone...